Incoterms,
en un conjunto de reglas internacionales, regidos por la Cámara de Comercio
Internacional (ICC), que determinan el alcance de las cláusulas comerciales
incluidas en el contrato de compraventa internacional.
Los
Incoterms también se denominan cláusulas de precio, pues cada término
permite determinar los elementos que lo componen. La selección del Incoterm influye
sobre el costo del contrato.
El
propósito de los Incoterms es el de proveer un grupo de reglas internacionales
para la interpretación de los términos más usados en el Comercio
internacional. Los
Incoterms determinan los siguientes puntos:
-
El alcance
del precio. -
En que
momento y donde se produce la transferencia de riesgos sobre la mercancía
del vendedor hacia el comprador. -
El lugar
de entrega de la mercancía. -
Quién
contrata y paga el transporte -
Quién
contrata y paga el seguro -
Qué
documentos tramita cada parte y su costo.
¿Cuales son los puntos regulan los Incoterms?
Los Incoterms regulan la distribución de documentos,
las condiciones de entrega de la mercancía, la distribución de costos
de la operación y la distribución de riesgos de la operación.
-
¿Cuales
son los puntos que están fuera de su regulación?
-
Las cláusulas internas de un contrato
de compra y venta, la situación de la mercancía, el traspaso de
propiedad, la garantía, la concreción de pago y el incumplimiento
de compromisos del contrato de compra, entre otras. Categorías
Básicas
Recomenadiones
para el Exportador e Importador:
E
= EXW (Conceptos de Salida). F
= FCA; FAS y FOB (Sin pago de transporte principal). C
= CFR; CIF; CPT; y CIP (Con pago de
transporte [Flete]). D
= DAF; DES; DEQ; DDU; y DDP (Conceptps de Llegada).
Incoterms
para transporte por carretera: - DAF Análisis
de Incoterms
- 1.-EXW
(ex work -entrega en fábrica).
Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía
cuando la pone a disposición del comprador en su establecimiento o en otro
lugar convenido (fábrica, taller, almacén, etc.) Este término
no debe ser utilizado cuando el comprador no pueda completar las formalidades
(despacho) de exportación directa o indirectamente. En estas circunstancias,
debe ser usado el término FCA . - Descripción
de gastos
- - El
Comprador:
- El Comprador deberá ser responsable de:
- La elección del medio de transporte en la fábrica
o bodega del vendedor.
- Asumir todos los costos y riesgos inherentes
a la recepción de la mercancía en los locales del vendedor.
- Asumir
los gastos de flete y traslado de la mercancía.(interno
e internacional)
- La contratación del seguro (tránsito
interno e internacional).
- Asumir a su riesgo y expensas
los gastos de aduana en el punto de embarque (agente y
permisología e impuestos).
- Las
maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
- Los
gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino
hasta el lugar convenido ( fábrica, taller o bodega
del comprador).
2.-
FCA (Free Carrier At - Libre Transportista en...)
- Significa que el vendedor entrega la mercancía, despachada
a la exportación, al transportista nombrado por el comprador en el lugar
convenido en el contrato de compraventa.
INCO
2000: Si el vendedor entrega las mercancías al transportista en sus almacenes,
éste debe embarcar las mercancías al medio de transporte; si se
hace en cualquier otro sitio, el vendedor no tiene esta obligación.
- Descripción
de gastos correspondiente a este término:
- -
El Vendedor:
- El Vendedor deberá ser responsable de:
- Asumir
los gastos de flete y traslado de la mercancía
(interno).
- La contratación del seguro de la
mercancía (tránsito interno).
- Asumir los gastos
de aduana (agente y permisología e impuestos) en el punto de embarque.
- - El
Comprador:
- El Comprador deberá ser responsable de:
- La elección del medio de transporte en la fábrica
o bodega del vendedor.
- Las maniobras de descarga, carga y estiba
en el punto de embarque.
- Asumir los costos de transporte (flete
principal y seguro de la mercancía para el tránsito internacional).
- Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al
puerto de destino hasta el lugar convenido.(
fábrica, taller o bodega del comprador)
3.-
FAS (Free Alongside Ship -
Libre al Costado del Barco...) - Significa que el
vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando es colocada al costado
del buque del puerto de embarque convenido.
INCO
2000: La obligación del despacho aduanero de exportación pasa a
ser una obligación del Vendedor. Esto representa un cambio completo con
respecto a las versiones anteriores de los INCOTERMS, que exigían al comprador
que organizará el despacho aduanero para la exportación.
- Descripción
de gastos correspondiente a este término:
- -
El Vendedor:
- El Vendedor deberá
ser responsable de:
- Asumir los gastos de flete y traslado
de la mercancía (interno).
- La
contratación del seguro de la mercancía
(tránsito interno).
- Asumir a su riesgo y expensas
los gastos de aduana en el punto de embarque (agente,
permisología e impuestos).
- Los gastos incurridos
en las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque etc.
- - El
Comprador:
- El Comprador deberá ser responsable de:
- La elección del medio de transporte en la fábrica
o bodega del vendedor.
- Asumir los costos de transporte (flete
principal y seguro de la mercancía para el tránsito internacional).
- Asumir la responsabilidad de los costos y riesgos de pérdida
o daño de la mercancía desde el momento de la entrega.
- Los
gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino
hasta el lugar convenido.(fábrica, taller o bodega
del comprador)
- 4.-
FOB (Free On Board - Libre a Bordo...)
-
- Significa que el vendedor cumple su obligación de entrega cuando la
mercancía sobrepasa la borda del buque, en el puerto de embarque convenido.
Si las partes no han acordado estrictamente que la entrega de las mercancías
se cumple, "cruzando los rieles de carga de buque" (borda del buque),
debe ser usado el término FCA Descripción
de gastos correspondiente a este término: - -
El Vendedor:
- El Vendedor deberá ser responsable de:
- Asumir
los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
- La contratación del seguro de la mercancía (tránsito
interno).
- Asumir a su riesgo y expensas los gastos de
aduana en el punto de embarque (agente, permisología
y otros impuestos).
- Las maniobras de descarga, carga y
estiba en el punto de embarque.
- - El
Comprador:
- El Comprador deberá ser responsable de:
- La elección del medio de transporte en la fábrica
o bodega del vendedor.
- Asumir los costos de transporte (flete
principal y seguro de la mercancía para el tránsito internacional).
- Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al
puerto de destino hasta el lugar convenido.( fábrica,
taller o bodega del comprador)
- 5.-
CFR (Cost and Freigth - Costo y flete...)
-
- Significa que el vendedor concreta la entrega cuando
la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido.
Si las partes no han acordado estrictamente que la entrega de las mercancías
se cumple "cruzando los rieles de carga de buque" (borda de buque),
deben ser usados los términos CPT o CIP - Descripción
de gastos correspondiente a este término:
- -
El Vendedor:
- El Vendedor deberá ser responsable de:
- La
elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
- Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía
(interno).
- La contratación del seguro de la mercancía
(tránsito interno).
- Asumir
a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente
y permisología e impuestos).
- Las maniobras de descarga,
carga y estiba en el punto de embarque.
- Asumir los costos de transporte
(flete principal).
- - El
Comprador:
- El Comprador deberá ser responsable de:
- Asumir la contratación y los costos del seguro de
la mercancía para el tránsito internacional.
- Los gastos
incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta
el lugar convenido.( fábrica, taller o bodega del comprador)
- 6.-
CIF (Cost, Insurance
and Freigth - Costo, seguro y flete..)
-
-
- Significa que el vendedor cumple su obligación de
entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de
embarque convenido.
Si las partes no han acordado estrictamente que la
entrega de las mercancías se cumple "cruzando los rieles de carga
de buque" (borda de buque), deben ser
usados los términos CPT o CIP. - Descripción
de gastos correspondiente a este término:
- -
El Vendedor:
- El Vendedor deberá ser responsable de:
- La
elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
- Los gastos de flete y traslado de la mercancía
(interno).
- La contratación
del seguro de la mercancía (tránsito
interno).
- Asumir a su riesgo y expensas los gastos de
aduana en el punto de embarque (agente y permisología
e impuestos).
- Las maniobras de descarga, carga y estiba
en el punto de embarque.
- Asumir los costos de transporte (flete
principal).
- Asumir la contratación y los costos
del seguro de la mercancía por el mínimo de la cobertura y pagar
la prima (tránsito internacional)
- - El
Comprador:
- El Comprador deberá ser responsable de:
- Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía
al puerto de destino hasta el lugar convenido.( fábrica,
taller o bodega del comprador).
7.-
CPT (Carrier Paid To - Transporte Pagado hasta...)
- Significa que el vendedor realiza la entrega de
la mercancía cuando la pone a disposición del transportista designado
por él.
- Descripción
de gastos correspondiente a este término:
- -
El Vendedor:
- El Vendedor deberá ser responsable de:
- La
elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
- Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía
(interno).
- La contratación del seguro de la mercancía
(tránsito interno).
- Asumir
a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente
y permisología e impuestos).
- Las maniobras de descarga,
carga y estiba en el punto de embarque.
- Asumir los costos de transporte
(flete principal).
- -
El Comprador:
- El Comprador deberá ser responsable de:
- Asumir
la contratación y los costos del seguro de la mercancía para el
tránsito internacional.
- Los gastos incurridos desde la llegada
de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar convenido.(
fábrica, taller o bodega del comprador)
- 8.-
CIP
(Carrier and Insurance Paid To - Transporte y Seguro Pagado
hasta...)
- Significa que el vendedor tiene
las mismas obligaciones que bajo CPT, con el añadido de que ha de conseguir
un seguro para la carga contra el riesgo, que soporta el comprador, de pérdida
o daño de la mercancía durante el transporte.
- Descripción
de gastos correspondiente a este término:
- -
El Vendedor:
- El Vendedor deberá ser responsable de:
- La
elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
- Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
- La contratación del seguro de la mercancía (tránsito
interno).
- Asumir a su riesgo y expensas los gastos de
aduana en el punto de embarque (agente y permisología
e impuestos).
- Las maniobras de descarga, carga y estiba
en el punto de embarque.
- Asumir los costos de transporte
(flete principal).
- Asumir la contratación y los
costos del seguro de la mercancía (tránsito
internacional).
- - El
Comprador:
- El Comprador deberá ser responsable de:
- Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía
al puerto de destino hasta el lugar convenido.(fábrica, taller o bodega
del comprador)
- 9.-
DAF
(Delivere At Frontier - Entregado en la Frontera...)
-
- Significa que el vendedor ha cumplido su obligación
de entrega cuando la mercancía, despachada en aduana para la exportación,
en el punto y lugar convenido de la frontera, pero antes de la aduana fronteriza
del país colindante.
Este término puede ser utilizado indistintamente
en cualquier medio de transporte, cuando los bienes deben ser entregado en una
frontera terrestre. Cuando la entrega deba producirse en un puerto de destino,
a bordo del buque o sobre el muelle del puerto, deben ser usados los términos
DES ó DEQ. - Descripción
de gastos correspondiente a este término:
- -
El Vendedor:
- El Vendedor deberá ser responsable de:
- La
elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
- Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía
(interno).
- La contratación del seguro de la mercancía
(tránsito interno).
- Asumir a su riesgo y expensas
los gastos de aduana en el punto de embarque (agente y
permisología e impuestos).
- Las maniobras de descarga,
carga y estiba en el punto de embarque.
- Asumir los costos de transporte
(flete principal).
- - El
Comprador:
- El Comprador deberá ser responsable de:
- Asumir la contratación y los costos del seguro de
la mercancía desde el punto de embarque (tránsito
internacional).
- Los gastos incurridos desde la llegada
de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar convenido.
-
- 10.-
DDU
(Delivere Duty Unpaid - Entregado, derechos no pagados...)
- Significa que el vendedor debe entregar la mercancía en el lugar convenido
del país del importador y debe soportar los gastos y riesgos inherentes
hasta este punto.
- Descripción
de gastos correspondiente a este término:
- -
El Vendedor:
- El Vendedor deberá ser responsable de:
- La
elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
- Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
- La contratación del seguro de la mercancía (tránsito
interno).
- Asumir a su riesgo y expensas los gastos de
aduana en el punto de embarque (agente y permisología
y otros impuestos).
- Las maniobras de descarga, carga y
estiba en el punto de embarque.
- Asumir los costos de transporte (flete
principal).
- Asumir la contratación y los costos
del seguro de la mercancía por el mínimo de la cobertura y pagar
la prima (tránsito internacional).
- Los
gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino
hasta el lugar convenido.
- - El
Comprador:
- El Comprador deberá ser responsable de:
- Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el
punto de destino (agente, permisología, e impuestos
de importación).
- Los gastos del traslado de la
mercancía hasta su destino final (fábrica,
taller o bodega del comprador) y el seguro de la misma por concepto
de tránsito interno.
11.-
DDP
(Delivere Duty Paid - Entregado, derechos Pagados...)
- Significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entregar la
mercancía cuando haya sido puesta a disposición del comprador en
el lugar convenido del país de importación, soportando todos los
gastos y riesgos, además de los impuestos y gravámenes del despacho
de importación.
- Descripción
de gastos correspondiente a este término:
- -
El Vendedor:
- El Vendedor deberá ser responsable de:
- La
elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
- Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía
(interno).
- La contratación del seguro de la mercancía
(tránsito interno).
- Asumir a su riesgo y expensas
los gastos de aduana en el punto de embarque (agente y
permisología e impuestos).
- Las maniobras de descarga,
carga y estiba en el punto de embarque.
- Asumir los costos de transporte
(flete principal).
- Asumir la contratación
y los costos del seguro de la mercancía (tránsito
internacional).
- - El
Comprador:
- El Comprador deberá ser responsable de:
- Asumir la contratación y los costos del seguro de
la mercancía para el tránsito internacional.
- Los gastos
incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta
el lugar convenido. (fábrica, taller o bodega del
comprador).
- 12.-
DES
(Delivery Ex Ship - Entregado sobre el Buque...)
- Significa
que el vendedor ha cumplido su obligación de entrega cuando ha puesto la
mercancía a disposición del comprador a bordo del buque, en el puerto
de destino convenido, sin despacharla en la aduana para su importación.
Descripción
de gastos correspondiente a este término: - -
El Vendedor:
- El Vendedor deberá ser responsable de:
- La
elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
- Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
- La contratación del seguro de la mercancía (tránsito
interno).
- Asumir a su riesgo y expensas los gastos de
aduana en el punto de embarque (agente y permisología
y otros impuestos).
- Las maniobras de descarga, carga y
estiba en el punto de embarque.
- Asumir los costos de transporte (flete
principal).
- Asumir la contratación y los costos
del seguro de la mercancía por el mínimo de la cobertura y pagar
la prima (tránsito internacional).
- - El
Comprador:
- El Comprador deberá ser responsable de:
- Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía
al puerto de destino hasta el lugar convenido. (fábrica,
taller o bodega del comprador)
- 13.-
DEQ
(Delivery Ex Quay - Entregado sobre el Muelle...)
-
- Significa que el vendedor
ha cumplido su obligación de entrega cuando ha puesto la mercancía
a disposición del comprador sobre el muelle, en el puerto de destino, despachada
en la aduana para la importación.
INCO
2000: Este término exige del comprador el despacho aduanero de la mercancía
para la importación y el pago de todos los trámites, derechos, impuestos
y demás cargas exigibles a la importación. Representa un cambio
con respecto a las versiones anteriores que ponían a cargo del vendedor
el despacho aduanero para la importación. - Descripción
de gastos correspondiente a este término:
- -
El Vendedor:
- El Vendedor deberá ser responsable de:
- La
elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
- Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
- La contratación del seguro de la mercancía (tránsito
interno).
- Asumir a su riesgo y expensas los gastos de
aduana en el punto de embarque (agente y permisología
y otros impuestos).
- Las maniobras de descarga, carga y
estiba en el punto de embarque.
- Asumir los costos de transporte (flete
principal).
- Asumir la contratación y los costos
del seguro de la mercancía por el mínimo de la cobertura y pagar
la prima (tránsito internacional).
- En
el punto de destino, el vendedor será responsable de los costos incurridos
de maniobra, carga, estiba.
- El comprador y el vendedor serán
responsables de los gastos del traslado de la mercancía hasta su destino
final y el seguro de la misma por concepto de tránsito interno.
- - El
Comprador:
- El Comprador deberá ser responsable de:
- Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el
punto de destino (agente, permisología, e impuestos
de importación)
- El comprador y el vendedor serán
responsables de los gastos del traslado de la mercancía hasta su destino
final y el seguro de la misma por concepto de tránsito interno.
|